miércoles, 2 de marzo de 2011

Proyecto presentado por el Lic. Fabricio Pizzarello con fecha 23 de Junio de 2010 en el Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A.: Boceto de Protocolo de Intervención del Psicólogo en el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del M.P.F.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., a tenor de lo dispuesto la Resolución N° FG 354/08, la cual conforma el Cuerpo de Investigaciones Judiciales y de lo expuesto en el correo electrónico remitido por la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica del Ministerio Público Fiscal y recibido el 7 de Junio del corriente, en mi casilla oficial de correo electrónico: fpizzarello@jusbaires.gov.ar.
En el segundo párrafo del mencionado correo electrónico se informa que en el Cuerpo de Investigaciones Judiciales se encuentra en actividad el Gabinete de Medicina Legal/Psicología. Sin embargo, hasta donde llega el conocimiento del suscripto, en el mencionado Gabinete no existe la figura del Psicólogo (según la Resolución mencionada anteriormente la rama de la Psicología sería satisfecha por el personal de la Oficina de Atención a la Víctima y el Testigo (OFAVyT), tal como el nombre del Gabinete lo indica, es de mi interés presentar un proyecto en virtud de instar a la reflexión sobre la necesidad de que el mencionado Cuerpo, sito en la calle Tuyú N° 82 de esta Ciudad, cuente en dicho Gabinete con un profesional con expertise en la materia Psicología, el cual se desempeñe exclusivamente en el ámbito de dicho Cuerpo de Investigaciones Judiciales, logrando de esta forma una implicancia completa y una responsabilidad total en las labores que atañen al mismo los 365 días del año.
En este orden de ideas entiendo que uno de los tantos puntos a destacar para que un/a psicólogo/a conforme actualmente el gabinete Medicina Legal/Psicología de la Policía Judicial, el cual se encuentra bajo la órbita del Departamento Técnico-Científico, es la aplicabilidad de su expertise en la fase de investigación penal de aquéllos delitos en los que resultare competente la Justicia local como así también en la investigación de conductas contravencionales, con relación a las siguientes temáticas:
* Colaboración en la obtención de datos y/o testimonios de implicados vulnerables (víctimas y/o testigos menores, adultos traumatizados o con deficiencias) y familiares de los mismos;
* Colaboración en interrogatorios de testigos presenciales o de actas (a partir de la toma de entrevistas y/o declaraciones en sus domicilios) intentando determinar la calidad (exactitud y credibilidad) de los testimonios sobre los hechos en infracción a la ley que cotidianamente aquejan a los/as vecinos/as de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Cooperación con el personal del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, cuyo personal se desenvuelve en procedimientos tales como:
- Desalojos: (donde también puede darse la presencia de personas vulnerables), ocupando un espacio de colaboración en la estrategia de negociación y elaboración de perfiles de modalidades para destrabar y disolver el conflicto- que suele tener carácter violento- y con signos de mucho stress para los actores, con la intención de lograr un resultado positivo para todas las partes implicadas.
- Allanamientos: ocupando y colaborando desde el mismo espacio que en el ejemplo mencionado anteriormente.
- No por último en mención resultan menos relevantes los aportes que la ciencia de la Psicología proporciona a la hora de encontrarnos frente a casos que junto a la/s conductas investigada/s conducen a la trata de personas, tema que trataré en profundidad en otro apartado específico.
Nuestras acciones, es decir, las del profesional Psicólogo, en casos como los reseñados pueden llegar a ser variadas y generar múltiples consecuencias para el sistema, ello así puesto que, desde una atención primaria, apoyo y contención emocional, se podría lograr la derivación oportuna hacia otras dependencias del Ministerio Público Fiscal, como puede ser la de otro facultativo: Psicólogo/a, Abogado/a y/o Trabajador/a Social (como los que conforman el equipo de la Oficina de Atención a la Víctima y al Testigo (OFAVyT) que pueda continuar con la problemática y trabajar de modo más personal y subjetivo con la víctima y/o denunciante (en colaboración con el/la Fiscal), teniendo como una primera base, más que importarte y destacable, el acercamiento de la atención primaria de un profesional del Cuerpo. Derivado además de este tipo de hechos, dar participación a la Oficina de Suspensión de Proceso a Prueba del Ministerio Público Fiscal, a partir de lo cual se podrían elaborar informes de perfiles y sugerir, a los/as Fiscales y a pedido de la mencionada dependencia, de imputados a los cuales se los podría beneficiar con la aplicación del instituto de la suspensión del proceso a prueba (en virtud de haber estado en el lugar del hecho).
La labor del profesional Psicólogo/a también resulta beneficiosa en lo que respecta a la confección de informes de arraigo de vecinos/as que están siendo atravesados por el sistema judicial; puesto que permitiría obtener datos de importantísima relevancia para la fase de investigación y toma de decisiones, a los fines de auxiliar a los/as Fiscales. Asimismo, la intervención del idóneo/a arroja favorables resultados en la elaboración de informes periciales, siendo este un estudio completo y profundo de la personalidad del sujeto, puesto a dictaminar si existe en el peritado un perfil de personalidad con el hecho que se le enrostra, lo cual posee un gran valor probatorio según el tipo de conducta que se investigue, formando así la pericia psicológica parte de la maquinaria punitiva.
Conflictiva aparte, de una particularidad muy específica y delicada, poseen las tareas de desalojos y allanamientos, circunstancias en las cuales, podríamos encontrarnos con personas en situación de trata, tráfico y/o esclavitud. Para identificar a las víctimas de trata con fines de explotación sexual, nos podemos servir de algunos criterios, como es, por ejemplo el lugar, ya que estas víctimas se encuentran a menudo o bien en situación de calle; o en establecimientos de comercio sexual; mientras que las personas víctimas de trata con fines de explotación laboral pueden encontrarse en fábricas y talleres, o en el sector de la construcción. Con referencia a los hábitos y apariencia de estas personas, comúnmente son muy susceptibles o impresionables y muestran reticencia a la hora de comunicarse verbalmente, circunstancia propicia e idónea para la actuación del Psicólogo/a, quien posee las herramientas para intentar lograr un primer contacto empático y vínculo capaz de generar confianza.
Asimismo, resulta dable mencionar que las personas que atraviesan situaciones como las descriptas, actúan mediante las instrucciones de otro individuo, volviendo a destacar la tarea del experto/a, que es quien intentará quebrantar la posición pasiva a la cual están sometidos estos grupos de personas. Respecto a su salud, suele tratarse de personas desnutridas o deshidratadas, que frecuentemente presentan heridas, con escasa higiene personal y una salud mental alterada, quizás con algún tipo de daño psicológico (que responde al grado de exposición de la situación, la magnitud del efecto y la significación que le ha dado al mismo), por lo cual el/la profesional Psicólogo/a debe contar con una preparación previa y adecuada a cada circunstancia, ya que no es lo mismo la trata de personas menores de edad y diferente sexo, adultos y/o extranjeros, entendiendo el criterio de Salud Psicocéntrica, y conocer bien los recursos disponibles con que cuenta el Cuerpo de Investigaciones Judiciales, además de poseer una fluida relación con el Médico Legista, conformando el mismo equipo de trabajo.
Por todo lo hasta aquí expuesto es que considero que se podrían generar vinculaciones importantísimas del Cuerpo de Investigaciones con las demás dependencias de este Ministerio, logrando un fortalecimiento del mismo y mostrando lo destacable que es, o que resultaría ser, la comunicación, la asistencia y la labor conjunta e interdisciplinaria entre las diferentes áreas que conforman el ámbito de la Justicia de la Ciudad. Todo esto, reitero, abalado y justificado por la elaboración de informes pertinentes según la necesidad de la dependencia en cuestión, trabajando y asistiendo para mejorar la calidad de la investigación en colaboración con las Unidades Fiscales.
Es importante reflexionar también que este tipo de iniciativas de trabajo podrían lograr un acercamiento con el Ministerio Público de la Defensa, con los Juzgados y con la Asesoría Tutelar (a partir de lo estipulado en la Ley Nº 2.896/08 artículo 5° y el Decreto Nº 1.355/008) , trabajando todos en conjunto para una mejora en las investigaciones, en el sistema de Justicia, en la calidad del servicio brindado a los vecinos/as y que, siguiendo la misma línea de pensamiento, se podrían generar talleres con las últimas dependencias mencionadas a modo de lograr proximidad y mutua colaboración.
Asimismo, y retomando el tema de la vulnerabilidad, es menester también resaltar la tarea de holding o acompañamiento que podría realizar el/la Psicólogo/a dentro del ámbito de la Policía Judicial, hacia el personal de los demás departamentos que la conforman (no solo colaborando, sugiriendo y aportando en las investigaciones de los distintos gabinetes) sino también trabajando con ellos a posteriori, a partir de técnicas como el debriefing, es decir, intentando lograr una ventilación emocional, compartir las mismas y conocer las experiencias relativas al evento, proporcionando una reinterpretación del mismo, logrando así manifestar sus dificultades y sus aciertos. Reinterpretar positivamente los hechos brinda diferentes visiones de lo sucedido entre los actores y de esta manera promueve la cohesión grupal. Esto lo considero más precisamente en virtud al personal que forma parte del Departamento de Investigaciones, labor que estaría más expuesta a situaciones de stress que podrían ser producto de la investigación, ya sea dentro de la dependencia o fuera de ella. De esta manera se intentaría lograr (a partir de talleres, encuentros, charlas, debates, etcétera) un trabajo preventivo –con la ventaja también de prepararlos para futuras “transferencias” de delitos- con el propio personal, a fin de mejorar la calidad del mismo y sus respuestas en situaciones de stress o de conflicto, otorgándoles las herramientas necesarias, no solo in-situ. Esta forma de trabajo que considero, beneficiaría tanto a los actores del sistema judicial, como a la población de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la cual se apunta a trabajar, ya que creo que no sólo el Ministerio Público Fiscal es el que recibe el importante aporte y colaboración del Cuerpo de Investigaciones Judiciales en la investigación, sino que estos beneficios en la mejora del servicio de tienen como protagonista principal al habitante de la Ciudad.
Por esta razón el Psicólogo/a Jurídico, dentro del Cuerpo de Investigaciones Judiciales debe propender cada vez más hacia la formación científica que le posibilite ser experto en los diferentes campos de acción, tales como la victimología, la criminología y el ejercicio forense, como así también ser proclive a los cambios que puede provocar el dinamismo de la investigación y futuras transferencias de delitos a la órbita de la Ciudad. Semejante labor tendrá que ser realizada necesaria y conjuntamente con el Médico Legista- el cual es parte del mismo Gabinete y es de gran ayuda, aporte y colaboración, ya que el trabajo interdisciplinario y vinculación entre ambos tiene como consecuencia un impacto mucho más rico y provechoso en la gestión, no sólo en el aspecto teórico-práctico, sino también en el humano, dando como resultado una reciprocidad de valor incalculable para el trabajo de investigación científica.
Lo anteriormente propuesto está dirigido a apoyar la investigación en todo su conjunto a través de evidencias psicológicas. Las huellas psicológicas encontradas en el lugar de los hechos permiten establecer posibles hipótesis acerca de la etiología del delito y/o contravención y de los presuntos autores. Mi intención se dirige a develar un rol posible del Psicólogo/a Jurídico que apoye de forma activa la investigación a través de la búsqueda y recolección de evidencia psicológica en cada uno de los casos, de forma personal y subjetiva. Sugiriendo, por ejemplo, como modelo a extrapolarse dentro de la competencia del fuero y para seguir argumentando el presente a través de técnicas, la utilización de la Autopsia Psicológica (práctica utilizada, entre otras instituciones, por la Policía Judicial de la Provincia de Córdoba y la División Medicina Legal de la Dirección de Policía Científica - Gendarmería Nacional): procedimiento por el cual se realiza un trabajo de recolección de datos del occiso que permite reconstruir su perfil psicológico y el estado mental antes del deceso. Para el desarrollo de dicho procedimiento, es necesario el trabajo interdisciplinario entre Médicos/as Legistas, Abogados/as y Psicólogos/as Forenses. De igual manera, la Autopsia Psicológica tiene como función ayudar a esclarecer los casos de muerte dudosa: suicidio, homicidio y accidente, donde ni el Médico Legista, ni el investigador policial tienen suficientes elementos para decidir. Si bien es cierto que nuestra Justicia a la fecha no ha asumido este tipo de competencias, considero que es perfectamente aplicable y adaptable esta técnica dentro del rango de trabajo de determinados artículos del Código Contravencional y de los delitos transferidos, debido a que un comportamiento o hecho que eventualmente no tiene una explicación clara, pero podría llegar a tenerla si se estudian minuciosamente los hechos antecedentes y consecuentes a lo sucedido, se podrían inferir comportamientos o acciones llevadas a cabo bajo condiciones únicas y especiales que llevaron a la consecución de los mismos, por lo cual la Psicología y la Psiquiatría tienen mucho que aportar.

Todas estas consideraciones en virtud del rol del Psicólogo dentro del Gabinete en cuestión, lo considero y justifico también desde de mi formación como profesional en el área en cuestión; desde mis años de experiencia de atención en el consultorio; a través de mi paso por esta Justicia –que lleva ya casi once años- desempeñándome en la Fiscalía de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N° 3 y en la Fiscalía de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N°2 impulsando expedientes; realizando tareas de investigación en la Oficina de Investigaciones Judiciales; desempeñándome como Psicólogo en la Oficina de Asistencia a la Victima y Testigo Del Ministerio Público Fiscal (tarea por la cual he sido felicitado por el Sr. Fiscal General en la Resolución N° 168/09 FG) y ejerciendo actualmente como Psicólogo en la Oficina de Suspensión de Proceso a Prueba del Ministerio Público Fiscal. Desde mis experiencias personales como ser humano y desde la orientación profesional hacia la cual está mi gran vocación en la práctica psicológica, que se encuentra estrechamente relacionada con la labor del Gabinete de Medicina Legal/Psicología del Cuerpo de Investigaciones Judiciales.


Lic. Fabricio Pizzarello

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